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domingo, 2 de octubre de 2011
martes, 13 de julio de 2010
REGIMEN DE REGULARIZACION CATASTRAL Y DE LA CONSTRUCCIÓN
Casos que pueden adherir al Régimen
- Edificaciones sin infracciones pero que no tienen planos aprobados.
- Edificaciones con infracciones al Código de Edificación y/o a las normas de Ocupación del Suelo, dentro de ciertos límites y excepciones.
- Subdivisiones que no cumplen con la normativa de Fraccionamiento del Suelo.
Beneficios de la Ordenanza 11.686
- 80% de descuento en los Derechos de Edificación.
- 80% de descuento en los aranceles por infracciones en las edificaciones
- Exención de los Derechos de Edificación y en los aranceles por infracciones al Código de Edificación para determinados tipos de inmuebles e infracciones (Art. 19 y 20 de la Odrenanza)
- Liberación de multas existentes por infracciones al Código de Faltas.
- Sin pago de aranceles por infracciones a la Normativa de Fraccionamiento del Suelo, en subdivisiones de hasta 3 viviendas (Art. 3 de la Ordenanza).
- Plan de pago hasta 6 cuotas para la obtención del Final de Obra.
- Disminución en los gastos de intervención del profesional actuante.
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